
Se refieren a un incoterm, o cláusula de comercio internacional, que se utiliza para operaciones de compraventa en que el proveedor paga el transporte de la mercancía en todos los tramos fuera de las fronteras del cliente (terrestre, aéreo, marítimo o vías de navegación interior). Se debe utilizar siempre seguido de una ciudad, o puerto como puede ser en España Barcelona o Valencia. El incoterm«CIF-puerto de descarga convenido» es uno de los más utilizados junto con FOB y EXW. Lo mejor para recordar las siglas es acompañarlas de un puerto de destino español como por ejemplo CIF Barcelona. Podéis ver una explicación más detallada de las características de este embarque en nuestro Manual de Importación de la sección Cómo Importar de China.
El vendedor entrega la mercancía en puerto de destino y asume los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta ese momento. El vendedor contrata todos los transportes, a través de un transitario o un consignatario, y el comprador realiza los trámites aduaneros necesarios para la importación.
El comprador paga todos los costes posteriores a la entrega de la mercancía: transporte interior, la descarga en el puerto de destino, los trámites de la aduana de importación, como parte de su precio de compra. Repetimos que no es recomendable y siempre es mejor ir a un incoterm free on board ó FOB (puerto de origen como Shanghai).

¿A quién importar? La búsqueda de proveedores de China